| Estudio Moreno y Asociados San Martín 891 - EP - T4000CVQ San Miguel de Tucumán, Tucumán | Tel. (0381) 421 3575 / 430 3073 http://www.estudiomoreno.com.ar |
| Nuevo Plan de Pagos de la AFIP - RG 2518 |
|
|
|
RESOLUCION GENERAL (AFIP) N° 2518 - B.O. 11/11/08 Nuevo Régimen Especial de Facilidades de Pago, que contempla la posibilidad de incluir los siguientes conceptos, vencidos hasta el día 31/12/2007:
La financiación se efectuará a una tasa del 1,5%. cantidad máxima de cuotas a solicitar, dependiendo del tipo de deuda:
El componente de capital de las cuotas no podrá ser inferior a $ 150. La primera cuota tampoco podrá ser inferior al 3% de la deuda. Se podrá efectuar el acogimiento al presente plan de pagos entre los días 20/11/08 y 31/03/09. Descargue el texto completo de la RG 2518. |
Una confiable auditoría independiente brinda información clave para los inversores y otras partes interesadas, aportando valor agregado para la gerencia.
Ofrecemos una amplia gama de servicios: desde el asesoramiento y la planificación fiscal, hasta la confección o revisión de las liquidaciones de impuestos.
Regístrese para participar del foro impositivo y recibir nuestro newsletter
El Régimen de Facilidades de Pago de la RG 2518 también resulta aplicable a los monotributistas.
La norma dispone que las cuotas se cancelarán mediante el procedimiento de débito directo en cuenta bancaria.
De todas maneras, cabe destacar que el Anexo II de la norma prevee la posibilidad de utilizar la modalidad de pago "Débito Directo en Caja de Ahorro Fiscal", para lo cual deberá solicitar en el Banco de la Nación Argentina, en cualquier sucursal o en la casa central, la apertura de una "Caja de Ahorro Fiscal".
Para la apertura de la citada caja de ahorro se deberá presentar, en la dependencia del mencionado banco, la constancia de acreditación de inscripción ante la AFIP.
Por otro lado, tenga en cuenta que no se puede reformular un plan de pagos caído. Debe encontrarse vigente —rehabilitado o no— y sin cuotas impagas.
saludos
Una vez que estás en el sistema Mis Facilidades debes elegir "Nueva Presentación".
Seleccionar "Plan Especial. Deuda vencida al 31 de Diciembre del 2007".
Elegir la opción "Impositivas y de los recursos de la Seguridad Social - Excepto retenciones y percepciones impositivas y los aportes personales de los trabajadores en relación de dependencia. - RG 2518".
Ingresar la información correspondiente a "Datos de quien confecciona el plan".
Una vez en la opción "Carga de las Obligaciones a Regularizar", presionar el botón "Ingresar" que se encuentra en la opción "Deuda Previsional".
Seleccionar la opción "Nva. Oblig. Aut/Monot".
Atentamente.
atte
gerardo coullery
Luego, desde la pantalla del plan que se pretende reformular se debe elegir "Reformulación de plan", y luego "Refomula Plan Resolución General Planes Especiales". Siguiendo estos pasos, no debería tener inconvenientes.
Saludos.
Mi recomendación sería que espere hasta el 1° de marzo, a efectos de acogerse al nuevo régimen de regularización de impuestos de la Ley 26.476. Según el borrador de la reglamentación que aprobaría la AFIP, será posible incluir planes rechazados o caducos.
Saludos.
Existe alguna posibilidad de que antes del Vencimiento (31-3-2009) se incluyan las deudas vencidas al 31-12-2007
Gracias y saludos
Saludos.
Saludos.