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| Vigencia de certificados de no retención de Ganancias |
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RESOLUCION GENERAL (AFIP) 2902 – BO 27/08/2010 La AFIP extendió la vigencia de ciertos certificados de no retención de Ganancias, cuyos vencimientos se produzcan a partir de julio 2010. La presente resolución general resulta aplicable para los certificados de no retención solicitados hasta el año 2009, con anterioridad a la entrada en vigencia de la RG 2703. La AFIP dispone que tales certificados cuyos vencimientos se produzcan a partir de julio 2010, tendrán validez hasta el último día hábil del mes de su vencimiento. |
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quisiera saber por mi madre, jubilada docente que hace dos meses que no le retienen el impuesto a las gcias, si es un retraso del agente de retencion o tiene que ella a partir de ahora hacer declaracion por form 572. Ademas percibe una pension de mi padre, la Anses le debe retener por este ultima ganancia? o ella debe agregarla mediante form 572 como adicional y hacer una sola declaracion?
Alfredo, muchas gracias.