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| Se eleva a $ 25.000 el límite para emitir tiques-factura |
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RESOLUCION GENERAL (AFIP) N° 3115 - BO 24/05/2011 La presente norma eleva de $ 10.000 a $ 25.000 el límite para emitir tiques-factura a través del controlador fiscal, a partir del 01/07/2011. Recordemos que el controlador fiscal que emite tique factura debe cerrar la operación en forma automática al llegar al límite de facturación establecido. Es posible modificar el tope sin necesidad de cambio de la memoria fiscal. Esta modificación de la RG (DGI) 4104 tiene vinculación con la excepción a la emisión de comprobantes mediante controlador fiscal. En efecto, si el contribuyente posee un equipo que genera tiques-factura, a partir de ahora podrá emitir facturas manuales a responsables inscriptos, exentos, monotributistas, no responsables del IVA, y a consumidores finales, únicamente cuando los importes superen los $ 25.000, siempre y cuando el total de este tipo de operaciones no supere las 120 por semestre calendario. |
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