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| Extendieron la vigencia del régimen de promoción para la industria del software |
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LEY N° 26.692 - BO 18/08/2011 La presente ley modifica el "Régimen de promoción de la industria del software", disponiendo que será aplicable hasta el 31/12/2019. El 09/09/2004 se publicó en el Boletín Oficial la Ley N° 25.922, mediante la cual se establecieron incentivos fiscales para las empresas de software y servicios informáticos que desarrollen sus actividades en nuestro país. Complementan a dicha ley, su Reglamento, Decreto PEN N° 1594/2004 (B.O. 17/11/2004), Resolución N° 61/2005 (B.O. 05/05/2005) de la entonces Secretaría de Industria, Comercio y de la Pequeña y Mediana Empresa y Resolución N° 177/2010 (B.O. 01/07/2010) del ex Ministerio de Industria y Turismo, además de diversas normas de la AFIP y de la Secretaría de Industria y Comercio. Este régimen de promoción se estableció en septiembre de 2004 para regir por 10 años, con lo cual su finalización estaba prevista para el 17/09/2014. A través de la ley 26.692 se extiende la vigencia del régimen hasta fines de 2019, y se introducen algunas modificaciones de importancia a partir del 19/08/2011: Los sujetos beneficiarios deberán cumplir con al menos 2 de las siguientes condiciones: a) Acreditación de gastos en actividades de investigación y de desarrollo de software. b) Acreditación de una norma de calidad reconocida aplicable a los productos o procesos de software. c) Realización de exportaciones de software. Asimismo, se aclara que los sujetos beneficiarios del régimen no serán pasibles de retenciones ni percepciones de IVA. A tal efecto la Administración Federal de Ingresos Públicos emitirá la respectiva constancia de no retención del impuesto. Finalmente, destacamos que todos aquellos beneficios del régimen que hayan sido otorgados con anterioridad a las presentes modificaciones continuarán subsistiendo en los términos que fueron otorgados oportunamente. |
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