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Se aprobó la Versión 35 del aplicativo "SICOSS" Imprimir Correo electrónico

RESOLUCION GENERAL (AFIP) N° 3224 - BO 30/11/2011

La AFIP aprobó la Versión 35 del aplicativo "Sistema de Cálculo de Obligaciones de la Seguridad Social - SICOSS", que deberá ser utilizado obligatoriamente para generar las declaraciones juradas (F.931). Destacamos a continuación las principales novedades que incorpora esta versión:

  • Se elimina la posibilidad de compensación de las asignaciones familiares correspondientes a “licencia por maternidad” o “maternidad down”.
  • Habilita a los nuevos productores que suscribieron Convenios de Corresponsabilidad Gremial.
  • Efectúa validaciones sobre los montos mínimo y máximo de la base imponible para la determinación de aportes y contribuciones con destino a los subsistemas de la seguridad social.
  • Asigna los códigos de actividad 109 y 110 para identificar a los trabajadores comprendidos en las Resoluciones Nº 268/09 y Nº 824/09 del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, que se encuentran prestando servicios en dependencias de las Provincias que hayan transferido sus sistemas previsionales al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA). Dichos trabajadores están alcanzados por un aporte personal adicional, cuya alícuota se consignará en el campo "Aporte Adicional", existente a nivel de nómima.
  • Incorpora nuevos códigos en la tabla correspondiente a obras sociales.

Las novedades que se incorporan a esta Versión 35 del programa aplicativo SICOSS también se incluyen en el sistema "Su Declaración".

Esta nueva versión del programa aplicativo deberá ser utilizada para generar las declaraciones juradas (F. 931) correspondientes al mes devengado noviembre de 2011 y siguientes.

Sin embargo, se establece que los empleadores podrán seguir utilizando la Versión 34 hasta el 31/12/2011, excepto los siguientes:

a) Empleadores que hayan celebrado convenios de corresponsabilidad gremial, que cuenten con la pertinente resolución de la autoridad de aplicación.

b) Provincias adheridas al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) que tengan personal comprendido en las Resoluciones Nº 268/09 y Nº 824/09 del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.

 

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