Estudio Moreno y Asociados

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Provincia de Tucumán
Imporante reforma al Código Tributario de Tucumán Imprimir Correo electrónico

LEY N° 8468 - BO 30/12/2011

A través de la presente ley, se introdujeron importantes modificaciones al Código Tributario de la Provincia de Tucumán, con vigencia a partir del año 2012. Adjuntamos un archivo que contiene al análisis de los principales artículos reformados.

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Tucumán incrementó los mínimos del Impuesto sobre los Ingresos Brutos Imprimir Correo electrónico

LEY N° 8467 - BO 30/12/11

La nueva Ley Impositiva, aplicable a partir del año 2012, incrementó un 50% el importe mínimo mensual general del Impuesto sobre los Ingresos Brutos. También se incrementaron los mínimos para actividades específicas.

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Tucumán estableció un régimen de presentación de declaraciones juradas por Internet Imprimir Correo electrónico

RESOLUCION GENERAL (DGR) N° 160/2011 - BO 21/12/2011

La D.G.R. de la Provincia de Tucumán estableció un régimen especial de presentación de declaraciones juradas, mediante la transferencia electrónica de datos a través de Internet.

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Los pequeños contribuyentes deberán presentar sus declaraciones juradas en formularios preimpresos Imprimir Correo electrónico

RESOLUCION GENERAL (DGR) N° 162/2011 - BO 21/12/2011

La D.G.R. dispuso que los contribuyentes que no forman parte del sistema SARET XXI deberán utilizar formularios emitidos por ese Organismo, con los datos identificatorios y código de barras.

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Prorrogaron hasta el 30 de marzo el reempadronamiento de comerciantes, sociedades y otras personas jurídicas Imprimir Correo electrónico

RESOLUCION (DIRECC. DE PERSONAS JURIDICAS) N° 388/2011 - BO 20/12/2011

La Dirección de Personas Jurídicas de Tucumán prorrogó hasta el día 30 de marzo de 2012 el plazo para el reempadronamiento obligatorio.

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Nueva versión 4.0 del programa aplicativo para agentes de retención y percepción Imprimir Correo electrónico

RESOLUCION GENERAL (DGR) N° 155/2011 - BO 12/12/2011

La Dirección General de Rentas aprobó el aplicativo "SIRETPER versión 4.0", que deberá ser utilizado en forma obligatoria por los agentes de retención y percepción a partir del 01/01/2012.

Posteriormente, la RG (DGR) N° 165/2011 (BO 28/12/2011) dispuso que tanto la versión 3.0 como la 4.0 podrán ser utilizados indistintamente, para las presentaciones que se efectúen en el mes de enero de 2012 inclusive.

 
Las constancias de no retención y percepción pierden validez para contribuyentes no reinscriptos Imprimir Correo electrónico

RESOLUCION GENERAL (DGR) N° 152/2011 - BO 07/12/2011

La D.G.R. de Tucumán dispuso que carecerán de validez las constancias de no retención y no percepción, emitidas hasta el mes de diciembre de 2011, respeto de los contribuyentes que no acrediten su inscripción a través del F.901.

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