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| Alícuota 0% para las industrias de biocombustibles |
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DECRETO N° 2700 - BO 01/09/2010 La Provincia de Tucumán dispuso que las industrias de biocombustibles gozarán de alícuota 0% en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos. El beneficio resulta aplicable para las industrias instaladas en la Provincia de Tucumán, alcanzadas por el Régimen de Promoción de la Ley 26.093, respecto de los ingresos obtenidos por la comercialización de biocombustibles de su producción (bioetanol). Recordemos que la ley 26.093 estableció estableció un régimen de promoción que otorga beneficios para la producción de bioetanol, biodiesel y biogás, que se produzcan a partir de materias primas de origen agropecuario, agroindustrial o desechos orgánicos. Los principales beneficios impositivos que otorga son los siguientes:
Destacamos que la alícuota cero establecida por la Provincia de Tucumán solamente resultará de aplicación entre el 1° de agosto de 2010 y el 31 de julio de 2012. Finalmente, consideramos que el presente decreto resulta sumamente "mezquino" en cuanto a los beneficios que otorga, en relación al tratamiento que otorgaron otras jurisdicciones a la industria del biocombustible. Por ejemplo, Provincia de Buenos Aires exime por 10 años del Impuesto sobre los Ingresos Brutos e Impuesto Inmobiliario. Además, exime del Impuesto de Sellos por todos aquellos actos jurídicos relacionados con la producción de biocombustibles y los involucrados en la construcción de la planta. Adicionalmente se dispone la estabilidad fiscal de los beneficiarios por un período de 10 años, lo que implica que la carga tributaria provincial no puede incrementarse a partir de la probación del proyecto presentado ante las autoridades. |
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Que se hace con el saldo a favor que tengan?
Se siguen presentando DDJJ informando las ventas?
Mi empresa esta inscripta en conv multilateral y no registra ventas en Bs As hasta ahora
Que retención de IIBB me harian y cual seria la alicuota que deberia pagar ?