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| Reempadronamiento obligatorio de comerciantes, sociedades y otras personas jurídicas |
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RESOLUCION (DIRECC. DE PERSONAS JURIDICAS) N° 304/2011 • Comerciantes matriculados Cabe destacar que la presentación deberá efectuarse en el plazo de 60 días corridos a contar desde el 20/10/2011, por lo que su vencimiento se producirá el día 20/12/2011. A efectos de cumplir con este trámite, se deberá solicitar un turno ingresando a las siguientes páginas Web: Sitio Oficial del Gobierno de la Provincia de Tucumán www.tucuman.gov.ar, link especificado para “Reempadronamiento – solicitud de turnos” ó www.guiadetramites.tucuman.gov.ar link especificado para “Reempadronamiento – solicitud de turnos”. Posteriormente, se deberá completar e imprimir el formulario de Declaración Jurada (anexo B de la Resolución 304/11), cargando vía Web los datos que surjan de la documentación respaldatoria. La Declaración Jurada deberá tener firma certificada notarialmente, y ser presentada en la Dirección de Personas Jurídicas, sita en calle San Martín Nº 849, San Miguel de Tucumán, el día y hora del turno oportunamente otorgado. Detallamos a continuación la documentación que se deberá acompañar, de acuerdo al tipo societario: SOCIEDADES POR ACCIONES: a) Declaración Jurada (Anexo “B”) con firma certificada notarialmente del representante legal de la Sociedad Comercial o bien del apoderado, quienes deberán acreditar fehacientemente el carácter invocado. SOCIEDADES NO ACCIONARIAS: a) Declaración Jurada (Anexo “B”) con firma certificada notarialmente del representante legal de la Sociedad Comercial o bien del apoderado, quienes deberán acreditar fehacientemente el carácter invocado. COMERCIANTES MATRICULADOS: a) Declaración Jurada (Anexo “B”) con firma certificada notarialmente del interesado o su apoderado, quien deberá acreditar fehacientemente el carácter invocado. U.T.E y A.C.E: a) Declaración Jurada (Anexo “B”) con firma certificada notarialmente del representante legal de la entidad o bien del apoderado, quienes deberán acreditar fehacientemente el carácter invocado. SOCIEDADES EXTRANJERAS CON DOMICILIO EN LA JURISDICCIÓN DE TUCUMAN: a) Declaración Jurada (Anexo “B”) con firma certificada notarialmente del representante legal de la Sociedad Comercial o bien del apoderado, quienes deberán acreditar fehacientemente el carácter invocado. |
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En la declaración jurada para el reempadronamiento ante el registro publico de comercio, ¿ que debo poner donde dice autoridad vigente? Si o No. En la sociedad que estoy reempadronando siguen las mismas autoridades, debería poner si, y ¿ después poner los mismos datos de inscripción RPC ? o ¿directamente poner NO?
Desde ya muchas gracias!
Saludos