Estudio Moreno y Asociados

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Reempadronamiento obligatorio de comerciantes, sociedades y otras personas jurídicas Imprimir Correo electrónico

RESOLUCION (DIRECC. DE PERSONAS JURIDICAS) N° 304/2011 - BO 19/10/2011

La Dirección de Personas Jurídicas de Tucumán dispuso un reempadronamiento obligatorio, que deberá ser cumplido hasta el día 20/12/2011. El reempadronamiento alcanza a los siguientes sujetos:

• Comerciantes matriculados
• Sociedades Comerciales
• Agrupaciones de Colaboración Empresaria
• Uniones Transitorias de Empresas
• Sociedades Extranjeras con domicilio en la Provincia de Tucumán

Cabe destacar que la presentación deberá efectuarse en el plazo de 60 días corridos a contar desde el 20/10/2011, por lo que su vencimiento se producirá el día 20/12/2011.

A efectos de cumplir con este trámite, se deberá solicitar un turno ingresando a las siguientes páginas Web: Sitio Oficial del Gobierno de la Provincia de Tucumán www.tucuman.gov.ar, link especificado para “Reempadronamiento – solicitud de turnos” ó www.guiadetramites.tucuman.gov.ar link especificado para “Reempadronamiento – solicitud de turnos”.

Posteriormente, se deberá completar e imprimir el formulario de Declaración Jurada (anexo B de la Resolución 304/11), cargando vía Web los datos que surjan de la documentación respaldatoria.

La Declaración Jurada deberá tener firma certificada notarialmente, y ser presentada en la Dirección de Personas Jurídicas, sita en calle San Martín Nº 849, San Miguel de Tucumán, el día y hora del turno oportunamente otorgado.

Detallamos a continuación la documentación que se deberá acompañar, de acuerdo al tipo societario:

SOCIEDADES POR ACCIONES:

a) Declaración Jurada (Anexo “B”) con firma certificada notarialmente del representante legal de la Sociedad Comercial o bien del apoderado, quienes deberán acreditar fehacientemente el carácter invocado.
b) Instrumento constitutivo inscripto en el R.P.C en copia simple,
c) Posteriores reformas estatutarias inscriptas en el R.P.C en copia simple.,
d) Instrumento de designación de autoridades vigentes, inscripto en el R.P.C. en copia simple.
e) Para el caso de actuación de representante legal distinto de la persona que tenga el uso de la firma social, se deberá adjuntar el instrumento que lo faculte expresamente para la consecución del trámite.
f) En caso que las autoridades vigentes no estuvieren inscriptas en el R.P.C, deberá acompañarse copia certificada notarialmente de la documentación que la designa como tal.

SOCIEDADES NO ACCIONARIAS:

a) Declaración Jurada (Anexo “B”) con firma certificada notarialmente del representante legal de la Sociedad Comercial o bien del apoderado, quienes deberán acreditar fehacientemente el carácter invocado.
b) Instrumento constitutivo inscripto en el R.P.C en copia simple
c) Posteriores reformas inscriptas en el R.P.C en copia simple
d) Texto Ordenado del Contrato Social vigente incorporando al mismo la totalidad de las modificaciones inscriptas a la fecha de presentación. –
e) Para el caso de actuación de representante legal distinto de la persona que tenga el uso de la firma social, se deberá adjuntar el instrumento que lo faculte expresamente para la consecución del trámite.
f) En caso que las autoridades vigentes no estuvieren inscriptas en el R.P.C, deberá acompañarse copia certificada notarialmente de la documentación que la designa como tal.

COMERCIANTES MATRICULADOS:

a) Declaración Jurada (Anexo “B”) con firma certificada notarialmente del interesado o su apoderado, quien deberá acreditar fehacientemente el carácter invocado.
b) Copia simple del instrumento de matriculación en el Registro Público de Comercio.
c) Copia simple de posteriores modificaciones inscriptas en el R.P.C.

U.T.E y A.C.E:

a) Declaración Jurada (Anexo “B”) con firma certificada notarialmente del representante legal de la entidad o bien del apoderado, quienes deberán acreditar fehacientemente el carácter invocado.
b) Instrumento Constitutivo inscripto en el R.P.C., en copia simple.-
c) Modificaciones inscriptas en el R.P.C. en copias simples.
d) Texto Ordenado del Contrato Social vigente incorporando al mismo la totalidad de las modificaciones inscriptas a la fecha de presentación. –
e) Para el caso de actuación de representante legal distinto de la persona que tenga el uso de la firma social, se deberá adjuntar el instrumento que lo faculte expresamente para la consecución del trámite.

SOCIEDADES EXTRANJERAS CON DOMICILIO EN LA JURISDICCIÓN DE TUCUMAN:

a) Declaración Jurada (Anexo “B”) con firma certificada notarialmente del representante legal de la Sociedad Comercial o bien del apoderado, quienes deberán acreditar fehacientemente el carácter invocado.
b) Copia simple del Instrumento inscripto en el R.P.C. que acredite la radicación en esta jurisdicción.
c) Posteriores modificaciones inscriptas en el R.P.C en copia simple.
d) Para el caso de actuación de representante legal distinto de la persona que tenga el uso de la firma social, se deberá adjuntar el instrumento que lo faculte expresamente para la consecución del trámite.

 
Comentarios (1)
1 Miércoles 28 de Diciembre de 2011 18:45
annet1C
Estimado,
En la declaración jurada para el reempadronamiento ante el registro publico de comercio, ¿ que debo poner donde dice autoridad vigente? Si o No. En la sociedad que estoy reempadronando siguen las mismas autoridades, debería poner si, y ¿ después poner los mismos datos de inscripción RPC ? o ¿directamente poner NO?
Desde ya muchas gracias!
Saludos

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