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| Tucumán incrementó los mínimos del Impuesto sobre los Ingresos Brutos |
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LEY N° 8467 - BO 30/12/11 La nueva Ley Impositiva, aplicable a partir del año 2012, incrementó un 50% el importe mínimo mensual general del Impuesto sobre los Ingresos Brutos. También se incrementaron los mínimos para actividades específicas. A partir del 01/01/2012, el impuesto mínimo mensual pasará de $ 33,22 a $ 50. Cabe destacar que este importe también tiene sus consecuencias en la graduación de las sanciones. Por ejemplo, el primer párrafo del art. 82 del Código Fiscal se refiere a las multas por incumplimiento a los deberes formales, disponiendo que multas graduables entre 3 y 75 veces el impuesto mensual mínimo general establecido para el Impuesto sobre los Ingresos Brutos. Las multas pueden llegar hasta 610 veces el impuesto mínimo mensual cuando el incumplimiento se refiera a los regímenes generales de información de terceros. Asimismo, a continuación exponemos los cambios que sufrieron los importes mínimos aplicables a actividades específicas:
Por otro lado, en relación al Impuesto de Sellos, destacamos que se establecieron las siguientes alícuotas específicas:
Finalmente, en relación al Impuesto para la Salud Pública, se establecen las siguientes alícuotas especiales:
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